Beneficiario:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria los Cabildos Insulares y/o sus entidades de derecho público, dependientes o vinculadas a las mismas, que contraten personas trabajadoras desempleadas para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social, acorde con el proyecto a ejecutar, en el que se incluya planes formativos que mejoren las competencias de las personas contratadas en la modalidad de contrato formativo en alternancia.
Enlaces:
Fecha Límite:
45881
Normativas:
Plazos:
El plazo de presentación de las solicitudes de subvención será de 15 días, que comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias: 12 AGOSTO 2025 .
Gastos:
Subvención del coste de personal:
Las subvenciones a conceder para el personal a contratar en los proyectos estarán destinadas a financiar los costes salariales y de Seguridad Social, de acuerdo con los gastos subvencionables establecidos por la Orden TES/106/2024, de 8 de febrero, por la que se determinan los gatos subvencionables por el Fondo Social Europeo Plus durante el periodo de programación 2021-2027.
Estas subvenciones se acogerán al Sistema de Costes Simplificados a través de la modalidad de subvención de costes unitarios (en adelante, CU), que se corresponde con la recogida en el artículo 53, punto 1.b), del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, para cubrir los costes salariales y de Seguridad Social del personal a contratar en los siguientes perfiles:
a) Personas participantes (base tercera 2.1). Contratadas en la modalidad de contrato de formación en alternancia, a jornada completa, estando el 40% de la misma dedicada a la formación y no remunerada; y el 60% de la jornada remunerada dedicada a trabajo efectivo.
b) Resto de los participantes. Equipos de apoyo (base tercera 2.2).
El importe de subvención destinado a costes de personal se calculará en función del CU que establezca la correspondiente convocatoria, por el número de personas trabajadoras a contratar, por la duración de las contrataciones y por la parte proporcional que corresponda a la jornada laboral prevista.
2. Costes subvencionables distintos de los costes directos de personal:
La convocatoria podrá prever la subvención del coste del seguro de los participantes preseleccionados en el periodo en que estén en fase de selección, en la que aún no están contratados, ya que son costes subvencionables distintos de los costes directos de personal, son inequívocamente identificables a la actividad subvencionada y cuyo nexo directo con tal actividad pueda demostrarse de manera indubitada, utilizando la modalidad de coste unitario por persona en fase de preselección.
Tipo de Proyecto:
Duración de los proyectos. Los proyectos podrán tener una duración máxima de 12 meses subvencionables desde el inicio de los mismos.
La duración del proyecto podrá ser inferior a los 12 meses, pero deberá ser la adecuada y necesaria para conseguir los objetivos formativos planteados, tanto en competencias claves o básicas, como en aquella otra formación para el empleo y profesionalizante que proceda.
La convocatoria anual que se apruebe determinará la duración de los proyectos y su plazo máximo de ejecución, dentro de los límites previstos en estas bases.
2. Participantes del proyecto.
2.1) Participantes del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (en adelante, participantes).
Se entiende como participantes de este apartado las personas contratadas en el proyecto bajo la modalidad de contrato formativo en alternancia, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la norma reguladora de los contratos formativos en alternancia, que han de ser personas jóvenes desempleadas, demandantes de empleo, inscritas en el SNGJ y que no posean titulación en Educación Secundaria Obligatoria, tal y como se establece en la base cuarta, punto 1, apartado a), de esta Orden.
2.2) Resto de los participantes (en adelante, equipos de apoyo).
Para cumplir con los objetivos formativos establecidos en estos proyectos, se podrá contratar personal para impartir la formación, para coordinar la práctica profesional, personal de apoyo técnico, así como personal auxiliar, con las características establecidas en la base cuarta, punto 1, apartados b), c), d) y e), de la presente Orden, que serán contratados bajo cualquiera de las modalidades de contratación previstas en la legislación laboral, vinculados a políticas activas de empleo. Es fundamental que este personal sea contratado con anterioridad a los participantes por la necesidad de planificar y preparar las acciones previas imprescindibles para impartir la formación, así como la organización del trabajo efectivo a realizar por grupos o cuadrillas.
Este periodo de mayor duración de contratación de los equipos con respecto de los participantes no podrá ser superior a 2 meses ni inferior a 15 días. Se podrá establecer la distribución de dicho tiempo, antes y después de la contratación de los participantes, tanto por la necesidad inicial de la preparación previa de las acciones formativas y de trabajo como por la necesidad al final de proyecto de realizar tareas de evaluación y elaboración de actas finales de la formación, memorias, justificación y todas aquellas otras actividades que procedan para impulsar a los participantes a continuar su posterior cualificación o inserción laboral.
3. Contratación e inicio de los proyectos.
Se entenderá como fecha de inicio del proyecto el día del inicio de la relación laboral de la primera persona trabajadora contratada subvencionable, que deberá pertenecer al colectivo del punto 2.2, a efectos de entender que el proyecto debe de finalizar el día que corresponda al aplicarle a dicha fecha la duración máxima establecida para la ejecución del proyecto.
Objetivo de la Ayuda:
Subvenciones, con cargo al ejercicio 2025, destinadas a la contratación de personas desempleadas, pertenecientes al Sistema Nacional de Garantía Juvenil, en la modalidad de contrato formativo en alternancia, para ejecutar proyectos en los que se imparta, en el 40% de su jornada laboral, formación en competencias clave o básicas, no retribuida y de carácter obligatorio, y dedicando el 60% de su jornada, a la obtención de experiencia profesional, que estará retribuida, realizando obras y servicios de interés general y social, así como la contratación de personas desempleadas, demandantes de empleo en el SCE, para realizar las tareas de apoyo a la práctica laboral, formación y orientación dirigidas a las personas participantes.
Financiación:
Cuantía de la subvención total a otorgar por coste de personal subvencionable, que se obtendrá de la multiplicación del CU por el número de personas, por la duración de contratación prevista y por la jornada laboral establecida.
Beneficiarios:
Administración Local
Organismos:
Servicio Canario de Empleo
Sector Ayudas:
Empleo
Te podría interesar

Santa Cruz asiste a la Asamblea General de la Red de Entidades de Desarrollo Local en Ciudad Real
Santa Cruz de Tenerife, a través de la Sociedad de Desarrollo, participó en la Asamblea General y en el encuentro

El Templo Masónico de Santa Cruz comienza su programa de visitas al público
El Templo Masónico de Santa Cruz de Tenerife, uno de los edificios más enigmáticos y representativos de la arquitectura simbólica

Más de 27.000 personas han visitado la Casa del Carnaval de Santa Cruz en lo que va de 2025
Más de 27.000 personas visitaron la Casa del Carnaval entre enero y octubre de 2025. Así lo comunicó el alcalde