INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS SINGULARES 2021 2027

Beneficiario:

Serán beneficiarias las entidades públicas titulares o gestoras de las infraestructuras de investigación incluidas en el Mapa de ICTS vigente.

Enlaces:

BASES REGULADORAS

Fecha Límite:
46752

Normativas:

Plazos:

Las solicitudes se presentarán en la forma y en el plazo establecido en cada convocatoria de expresiones de interés, mediante el formulario electrónico correspondiente, junto con la documentación que se especifique en la misma. Se considerarán efectivamente presentadas las solicitudes firmadas y registradas dentro de plazo, que incluyan toda la documentación solicitada. Las convocatorias podrán establecer un plazo cerrado de presentación de solicitudes, o bien un plazo permanentemente abierto con evaluación periódica (trimestral, cuatrimestral, semestral o anual) de las solicitudes recibidas desde el inicio hasta el fin de cada periodo.

Gastos:

1. Los costes directos que resulten estrictamente necesarios y sean realizados en el periodo de ejecución establecido en el DECA, se considerarán costes elegibles.

2. La financiación obtenida podrá aplicarse a los costes directos e indirectos de ejecución de las actuaciones, incluyendo, entre otros, a los siguientes conceptos de gasto:

a) Costes directos de personal: gastos de personal dedicado en exclusiva a las actuaciones concedidas para asegurar su ejecución, si así lo dispone la convocatoria de expresiones de interés. En el caso de entidades del sector público, no serán elegibles los gastos de personal propio.

b) Costes indirectos de personal: serán elegibles hasta un máximo del 15 % de los costes directos de personal subvencionables.

c) Costes de movilidad: gastos de viaje, locomoción, dietas, alojamiento y manutención, seguros, siempre que sean necesarios para asegurar la ejecución de la operación.

d) Costes de inmovilizado material, incluyendo:

i. Obra civil de carácter científico-tecnológica necesaria para el desarrollo de actividades de investigación o para la construcción u operatividad de infraestructuras de I+D+i.

ii. Adquisición, construcción, montaje, transporte, instalación, puesta en funcionamiento, mejora y actualización de infraestructuras científico-técnicas.

iii. Adquisición, construcción, montaje, transporte, puesta en funcionamiento, mejora y actualización de equipamiento científico-técnico, incluyendo servidores informáticos y redes de comunicación.

e) Costes de adquisición de activos inmateriales, incluyendo programas técnicos de ordenador.

f) Costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual.

g) Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes o modelos de utilidad adquiridos u obtenidos por licencias de fuentes externas, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.

h) Estudios de viabilidad, diseño detallado o construcción de infraestructuras, equipamiento, instrumentación científica avanzada o componentes de elevado contenido tecnológico para su posterior ubicación y operación en una ICTS.

i) Costes asesoramiento en innovación tales como consultoría de gestión, asistencia tecnológica, servicios de transferencia tecnológica, bancos de datos, uso y gestión de repositorios de datos y bibliotecas técnicas, consultoría sobre el empleo de normas, manuales, documentos de trabajo y modelos de documentos, investigación de mercados, servicios de etiquetado, calidad, ensayo, calibración y certificación.

j) Otros costes derivados de trabajos de asesoramiento, realización de estudios, difusión y publicidad.

k) Otros costes no contemplados en los anteriores apartados que forma directa respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo de ejecución de la actividad.

Tipo de Proyecto:

Las convocatorias de expresiones de interés podrán especificar, de entre las prioridades de inversión evaluadas positivamente por el CAIS, cuáles se aplicarán según su prioridad (alta, media, baja o grandes inversiones). Asimismo, dichas convocatorias podrán restringir el ámbito de aplicación a una o varias comunidades autónomas específicamente.

Objetivo de la Ayuda:

Las ayudas tienen como finalidad facilitar la ejecución de las inversiones contenidas en los planes estratégicos de las ICTS, entendiendo por tales las pertenecientes al Mapa de ICTS vigente, que hayan sido evaluadas favorablemente por el Comité Asesor de Infraestructuras Singulares (CAIS) según el procedimiento de evaluación aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación (CPCTI).

Financiación:

a) La financiación que el FEDER aporta a cada operación seleccionada será, como máximo, del 85 % del coste elegible en el caso de las actuaciones localizadas en Canarias, Andalucía, Castilla – La Mancha y Extremadura; del 60 % en el caso de las actuaciones ubicadas en Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia y Región de Murcia; y del 40 % en el caso de Aragón, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco. Esta parte será financiada por la convocatoria de expresiones de interés.

b) La parte complementaria a la cofinanciación comunitaria aplicable en cada CC.AA. tendrá la consideración de cofinanciación nacional, y será como mínimo del 15 % del coste elegible en Canarias, Andalucía, Castilla-La Mancha y Extremadura; del 40 % en Asturias, Illes Balears, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia y Región de Murcia; y del 60 % en el caso de Aragón, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco. Esta parte podrá ser financiada por la convocatoria de expresiones de interés, o bien correr a cargo del beneficiario, según establezca dicha convocatoria.

La financiación de las operaciones, siempre que se encuentren enmarcadas dentro del objetivo específico RSO1.6. (STEP), podrá alcanzar hasta el 100 % de intensidad de la ayuda en cualquier comunidad autónoma donde se ubiquen.

Beneficiarios:

Organismos:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

Sector Ayudas:
I + D + I

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