PROMOCIÓN PRIVADA, DESTINADAS AL ARRENDAMIENTO 2025

Beneficiario:

Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases cualquier persona promotora de viviendas, tanto privadas como administraciones públicas y organismos dependientes.

Enlaces:

EXTRACTO DE CONVOCATORIA 2025

BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES 2025

BASES REGULADORAS

Fecha Límite:
45880

Normativas:

Plazos:

Un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Canarias: 11 agosto 2025.

Gastos:

Tipo de Proyecto:

Serán subvencionables las inversiones realizadas a partir del 1 de enero del ejercicio en el que se efectúe la convocatoria.

La persona promotora vendrá obligada a finalizar las actuaciones subvencionadas y presentar la solicitud de calificación definitiva, en el plazo máximo de 36 meses a contar desde la fecha de notificación de la calificación provisional de viviendas protegida, pudiendo haberse iniciado su ejecución antes de la citada notificación, podrá autorizarse la ampliación del plazo indicado, hasta un máximo de la mitad del plazo establecido inicialmente.

1. La actividad subvencionable será la promoción de viviendas protegidas de promoción
privada, ya sea de nueva construcción, así como procedentes de la rehabilitación de
viviendas o edificios. También serán subvencionables las promociones de viviendas con
obras en curso paralizadas y que reanuden las mismas hasta su completa finalización como
viviendas protegidas de promoción privada. En todos los casos, las viviendas terminadas
deberán destinarse al arrendamiento, para su uso como residencia habitual y permanente de
las personas ocupantes.

2. Tratándose de actuaciones de rehabilitación, será subvencionable la rehabilitación
o reforma de edificios completos para su destino íntegro al arrendamiento de viviendas,
siempre que la actuación se realice sobre la totalidad del edificio. El edificio en el que se
lleve a cabo la rehabilitación no podrá encontrarse en situación de fuera de ordenación,
salvo que tal situación desaparezca tras la realización de la correspondiente rehabilitación.

Objetivo de la Ayuda:

subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el programa de fomento de la promoción de viviendas protegidas de promoción privada en régimen de arrendamiento, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Financiación:

a) Modalidad de arrendamiento a 10 años.

Régimen €/m² s.u % sobre MBC Límite por vivienda TIR

Especial 270,25€/m2 25,00% 20.268,75€ € 8,59 %

General 270,50€/m2 25,00% 20.268,75€ 11,50 %

b) Modalidad de arrendamiento a 25 años.

Régimen €/m² s.u % sobre MBC Límite por vivienda TIR

Especial 432,40€/m2 40,00% 32.430,00€ 5,50 %

General 324,30€/m2 30,00% 24.322,50€ 7,20 %

Promociones procedentes de la rehabilitación o de la reanudación de obras.

La cuantía de la subvención para promociones procedentes de la rehabilitación o de la
reanudación de obras responderá al módulo del apartado 1, en función del régimen especial
o general, y de la modalidad de arrendamiento (a 10 o a 25 años), afectado por un porcentaje
que dependerá de la extensión de la intervención.

Es decir, el módulo para rehabilitación o reanudación de obras será igual al módulo
de las promociones de viviendas de nueva construcción multiplicado por el porcentaje
correspondiente al alcance de la intervención.

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